La rescisión de tu contrato de alquiler podríamos definirla como la finalización de manera anticipada, con o sin acuerdo, del contrato. Es un derecho que se contempla en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Si quieres rescindir de tu contrato de alquiler, ya seas arrendador o arrendatario, deberás de avisar con un mes de antelación mediante una carta de rescisión al propietario del inmueble o al inquilino. Además, existen diferentes causas que se contemplan en la ley, pero si no se cumplen los plazos deberás pagar una penalización.
En qué consiste la rescisión de un contrato de alquiler

Causas más comunes de la rescisión del contrato de alquiler
Por liquidación del acuerdo
Desistimiento de lo pactado
Como inquilino cuentas con la posibilidad de prorrogar o desestimar el contrato. Esto es un derecho por parte del arrendatario para dejar el inmueble al notificarlo al propietario dentro de los plazos establecidos, sin penalización y sin necesidad de justificar la decisión.
Por fuerza mayor
No es frecuente que los inquilinos tengan la posibilidad de acogerse a esta vía para rescindir el contrato de alquiler. Según el artículo 1.105 del Código Civil, la fuerza mayor son, “los casos expresamente mencionados en la ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos fueran inevitables”.
Para rescindir de tu contrato de alquiler por motivos de fuerza mayor deberá producirse una situación de desequilibrio duradera, tus circunstancias deberán ser imprevisibles (como por ejemplo que te despidan del trabajo) y una alteración de tus circunstancias en el cumplimiento de tu contrato. Además, deberás actuar de buena fe y con ausencia de dolo y culpa.
Por vivienda inhabitable
Cómo se puede rescindir de un contrato de arrendamiento
Arrendador
Según el artículo 27.1, de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el propietario puede rescindir el contrato de alquiler si se dan una serie de motivos. Si tomas esta decisión debes avisar al inquilino con al menos dos meses de antelación mediante una carta de rescisión. En el caso de que se cumplan algunos supuestos como el subarrendamiento de la vivienda, impago de la renta por parte del inquilino, porque necesitas disponer de la vivienda o la realización de obras no autorizadas o actividades molestas e ilícitas, podrás comunicar la rescisión del contrato en el mismo momento que se incumplen.
Si tu inquilino se niega a abandonar tu vivienda tendrás que iniciar un proceso de desahucio que puede alargarse meses.
– Decide en qué momento recuperaras el inmueble.
– Determina el estado de devolución, es decir, si hay algún desperfecto
– Anota las obligaciones pendientes del arrendatario, es decir, los pagos del alquiler o las facturas
– Tienes derecho a quedarte con una parte o el total de la fianza
Arrendatario
Como inquilino tendrás que presentar una carta de rescisión del contrato de alquiler como mínimo 30 días antes del día que quieres irte. Si han pasado los seis meses que se contemplan en la ley, no tendrás que pagar ninguna penalización.
– Eliges en qué momento dejas de tener obligaciones, mediante la firma del acuerdo de desestimación
– Detalla al propietario si hay algún desperfecto en la vivienda
– Cumple con todas las obligaciones que puedan quedar incumplidas
– Escoge el medio por el que te devuelva el propietario la fianza