En la venta de viviendas arrendadas, y salvo que el contrato de alquiler diga otra cosa, el propietario debe notificar al inquilino su intención de vender (indicando el precio y las condiciones de la operación), de forma que éste pueda adquirir la vivienda en las condiciones notificadas. ¡Atención! Si el propietario vende a un tercero sin efectuar dicha notificación (o vende por un precio...